La Comisión de Valores de Hong Kong impulsa la compra y venta en el mercado secundario de productos tokenizados reconocidos (texto completo)

Fuente: Comisión de Valores de Hong Kong

Nota: El director ejecutivo del Departamento de Intermediarios de la Comisión de Valores de Hong Kong, Ye Zhi Heng, reveló en su discurso temático en la Carnaval Web3 de Hong Kong 2026, celebrado en la mañana del 26 de abril, que hoy por la tarde se anunciará la aprobación del primer marco de negociación de activos tokenizados a nivel mundial, que no se limitará a fondos del mercado monetario tokenizados, sino que abarcará todos los activos autorizados. El 26 de abril por la tarde, la página oficial de la Comisión de Valores de Hong Kong publicó puntualmente este nuevo marco regulatorio, permitiendo la compra y venta en el mercado secundario de productos de inversión reconocidos por la Comisión de Valores mediante tokens. A continuación, los documentos regulatorios de la Comisión de Valores de Hong Kong:

I. Nuevo marco regulatorio Permite a la Comisión de Valores reconocer la compra y venta en el mercado secundario de productos tokenizados

La Comisión de Valores y Futuros de Hong Kong (SFC) anunció hoy un nuevo marco regulatorio que impulsa la prueba en Hong Kong de la compra y venta en el mercado secundario de productos de inversión reconocidos por la SFC (productos tokenizados), con el objetivo a largo plazo de promover las actividades de comercio de activos digitales en la región y apoyar un ecosistema que siga creciendo.

El aviso (ver abajo) emitido por la SFC incluye nuevas directrices cuyo principal propósito es facilitar que los fondos abiertos reconocidos por la SFC puedan realizar operaciones en el mercado secundario en plataformas de negociación de activos virtuales autorizadas por la SFC, ampliando así los servicios de negociación regulados disponibles para los inversores minoristas. Sin embargo, la SFC también considerará, en casos particulares, permitir arreglos para la compra y venta en mercados secundarios fuera de bolsa.

Desde que la SFC estableció en fines de 2023 el marco regulatorio relacionado con la tokenización, los emisores de productos en Hong Kong han estado activamente trabajando en la tokenización de sus productos y aprovechando las oportunidades del mercado (nota 1). Hasta marzo de 2026, se han lanzado 13 productos tokenizados al público en Hong Kong, y el valor total de los activos gestionados en acciones de categorías tokenizadas ha aumentado aproximadamente siete veces en el último año, alcanzando los 10.700 millones de HKD.

En vista de ello, la promoción de operaciones en el mercado secundario las 24 horas del día es oportuna, ya que puede facilitar el uso potencial de stablecoins reguladas y depósitos tokenizados en estas transacciones, promoviendo aún más la integración de productos tokenizados con el ecosistema Web3 (nota 2). Para abordar la liquidez y la protección del inversor en la negociación en el mercado secundario de fondos abiertos tokenizados (especialmente en horarios fuera de la negociación normal de valores en la cartera de inversión), estas nuevas medidas toman como referencia las operaciones existentes en fondos cotizados en bolsa (ETFs) y plataformas de negociación de activos virtuales licenciadas por la SFC. Las medidas incluyen precios justos, transacciones ordenadas, provisión de liquidez y divulgación de información.

La directora general de la SFC, Ms. Margaret Fong, afirmó: “El proceso de construcción de un ecosistema de activos digitales en Hong Kong marca un hito importante con este nuevo marco regulatorio. Este ecosistema integral será innovador y escalable, además de ofrecer una protección sólida a los inversores. La iniciativa permite que los productos tradicionales de valores, tras su tokenización, puedan negociarse durante la noche y los fines de semana, y mediante el uso de stablecoins reguladas y depósitos tokenizados, se fomente la liquidez las 24 horas, respondiendo así a las necesidades de los inversores en un entorno de mercado cada vez más dinámico e incierto.”

Se espera que los primeros productos sean fondos del mercado monetario tokenizados. La SFC revisará el funcionamiento de estos productos y considerará ampliar su alcance en su momento.

La SFC anima a los emisores de productos y a los intermediarios (incluidos los plataformas de negociación de activos virtuales licenciadas por la SFC) a consultar o notificar a la SFC antes de comenzar a trabajar en relación con este marco regulatorio.

Notas:

  1. La SFC emitió el 2 de noviembre de 2023 dos circulares (la “Circular sobre productos de inversión reconocidos por la SFC tokenizados” (solo en inglés) y la “Circular sobre actividades relacionadas con valores tokenizados por intermediarios”), estableciendo así el marco regulatorio para productos y actividades relacionadas con valores y tokens tokenizados.

  2. Stablecoins reguladas se refieren a monedas estables fiduciarias autorizadas bajo la “Ley de monedas estables”.

II. Circular sobre la compra y venta en el mercado secundario de productos de inversión reconocidos por la SFC tokenizados

  1. La Comisión de Valores y Futuros (SFC) considerará, de acuerdo con las disposiciones de esta circular, permitir que los productos de inversión reconocidos por la SFC (productos tokenizados) puedan ser negociados en el mercado secundario en Hong Kong para su compra y venta por el público.

  2. Esta circular debe leerse junto con la (i) “Circular sobre productos de inversión reconocidos por la SFC tokenizados” (solo en inglés) y la (ii) “Circular sobre actividades relacionadas con valores tokenizados por intermediarios” (en conjunto, las “dos circulares tokenizadas”). Los términos utilizados en esta circular tienen el mismo significado que en dichas circulares.

    A. Antecedentes

  3. En los últimos años, con el apoyo del gobierno, las autoridades locales y la industria, Hong Kong se ha consolidado como un centro de innovación financiera, abarcando desarrollos de vanguardia como la tokenización. Desde la publicación de las dos circulares tokenizadas en noviembre de 2023, el avance en productos tokenizados ha sido especialmente alentador.

  4. Para impulsar la siguiente fase de desarrollo y mejorar la escalabilidad del mercado, la SFC permitirá la negociación en el mercado secundario de productos tokenizados, con el fin de aumentar su liquidez y facilitar su integración en el ecosistema Web3.0 de Hong Kong. La experiencia adquirida en los mercados de fondos cotizados en bolsa (ETFs) y en plataformas de negociación de activos virtuales licenciadas por la SFC en los últimos años ha sido de gran utilidad y ha sentado una base sólida para alcanzar estos objetivos.

  5. La SFC ha adaptado estas experiencias para formular las disposiciones relacionadas con la compra y venta en el mercado secundario de productos tokenizados, incluyendo aspectos como los canales de negociación, precios justos, provisión de liquidez, divulgación, apertura de cuentas y notificación. Estas reglas buscan apoyar una negociación justa y ordenada en el mercado secundario de productos tokenizados.

  6. Las disposiciones principales facilitan la negociación en plataformas para fondos abiertos reconocidos por la SFC en el mercado secundario. La autoridad considerará, en circunstancias apropiadas, la incorporación de otros tipos de productos mediante enmiendas a estas reglas.

    B. Disposiciones sobre la compra y venta en el mercado secundario de productos tokenizados

  7. Los proveedores de productos deben asegurarse de que sus productos cumplen con las reglas y regulaciones aplicables, así como con el código de conducta (incluyendo la cualificación de los proveedores, estructura del producto, requisitos de inversión y operación, divulgación y responsabilidades de cumplimiento continuo).

    Canales de negociación

  8. Los inversores minoristas** pueden realizar operaciones en el mercado secundario de productos tokenizados a través de plataformas de negociación de activos virtuales licenciadas por la SFC** (es decir, compraventa automática en pantalla).

  9. La compra y venta de productos tokenizados en la plataforma debe seguir las “Directrices para operadores de plataformas de negociación de activos virtuales” (“Directrices de plataformas de negociación de activos virtuales”), aplicando los procedimientos, reglas y controles de riesgo existentes para la negociación de activos virtuales en dichas plataformas.

  10. En las operaciones en la plataforma, la plataforma de negociación de activos virtuales licenciada por la SFC solo ejecutará transacciones cuando el cliente tenga fondos suficientes o posiciones equivalentes en su cuenta para completar la operación.

  11. Antes de lanzar las operaciones, los proveedores de productos deben colaborar con las plataformas de negociación de activos virtuales licenciadas por la SFC para probar los arreglos de compra y venta en la plataforma (incluyendo los procesos operativos, controles de riesgo y preparación del sistema), asegurando que los procedimientos sean satisfactorios.

    Precios justos

  12. Las plataformas de negociación de activos virtuales licenciadas por la SFC deben implementar controles efectivos de gestión de riesgos y supervisión para garantizar precios justos en las operaciones de productos tokenizados en la plataforma. Estas medidas incluyen:

    a) Si el precio de transacción propuesto se desvía significativamente del valor neto de activos (VNA) en tiempo real o cercano en la plataforma (el umbral de desviación será razonablemente establecido considerando las características del producto), se debe alertar al inversor mediante una advertencia de desviación de precio.

    b) Informar a los inversores que pueden optar por suscribir o redimir en función del valor neto de activos (es decir, en el mercado primario, no en el secundario), y explicar las implicaciones relacionadas; y

    c) Implementar las medidas de monitoreo del sistema, monitoreo previo a la negociación automatizada, auditorías periódicas posteriores a la negociación y otras medidas diseñadas para prevenir fluctuaciones excesivas de precios (por ejemplo, límites de rango de negociación y períodos de calma basados en el último precio de transacción del producto), prevenir manipulación del mercado y detectar actividades sospechosas.

  13. De igual forma, las entidades jurídicas o instituciones registradas que actúan como intermediarios deben asegurarse de que en su interfaz de negociación se muestren advertencias de desviación de precio y se expliquen las opciones de suscripción o redención en el mercado primario, para facilitar la compra y venta de productos tokenizados en plataformas de negociación de activos virtuales licenciadas por la SFC.

  14. La SFC puede solicitar demostraciones de la interfaz de negociación, advertencias de desviación de precio y/u otras interfaces relacionadas.

    Provisión de liquidez

  15. Los proveedores de productos deben:

    a( Esforzarse por establecer arreglos que aseguren que cada producto tokenizado tenga al menos un creador de mercado (nota: término del mercado de Hong Kong, que significa un market maker), y que al menos uno de estos market makers, antes de terminar su servicio, notifique con al menos tres meses de antelación;

    b) Supervisar estrechamente la actividad de compra y venta en el mercado secundario de sus productos tokenizados y la liquidez, mantener comunicación constante con los creadores de mercado designados, elaborar planes de contingencia adecuados y tomar las acciones correctivas necesarias en interés de los inversores;

    c) Encargar a distribuidores que sean entidades jurídicas o instituciones registradas y licenciadas por la SFC, capaces de gestionar solicitudes de suscripción y redención de terceros, salvo en casos muy limitados; y

    d) Establecer arreglos con plataformas de negociación de activos virtuales licenciadas por la SFC para facilitar la transferencia entre mercado primario y secundario (por ejemplo, tokens adquiridos en el primario pueden negociarse fácilmente en el secundario, y tokens comprados en el secundario pueden ser redimidos en el primario).

  16. Las plataformas de negociación de activos virtuales licenciadas por la SFC deben:

    a) Realizar una diligencia debida y monitoreo periódico de todos los creadores de mercado autorizados en su plataforma, asegurándose de que mantengan la competencia y los recursos adecuados para cumplir con sus funciones;

    b) Garantizar que todos los creadores de mercado autorizados en su plataforma cumplan continuamente con los estándares en cuanto a diferencia de precios, valor de cotización, duración mínima de cotización y participación;

    c) Contactar a los creadores de mercado que no cumplan con sus responsabilidades para corregir la situación; y

    d) Incluir en sus acuerdos con los creadores de mercado las cláusulas: )i) Criterios y responsabilidades para la cualificación de los creadores de mercado tokenizados; y (ii) Arreglos en caso de que un creador de mercado deje de prestar servicios para un producto tokenizado.

  17. Los distribuidores y creadores de mercado deben cumplir con las leyes, reglas, regulaciones y códigos de conducta aplicables emitidos por la SFC y/u otras autoridades regulatorias.

  18. Si los proveedores de productos y/o plataformas de negociación de activos virtuales licenciadas por la SFC ofrecen compensaciones y/o incentivos para apoyar las actividades de los creadores de mercado, deben cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables, incluyendo el “Código de Conducta de los Licenciados y Registrados de la SFC” y las disposiciones relevantes de la “Ley de Valores y Futuros”, para mantener la integridad y estabilidad del mercado y prevenir conductas indebidas.

    Divulgación

  19. Los documentos de venta de productos tokenizados que se negocien en el mercado secundario (incluidos los resúmenes de información del producto) deben indicar claramente:

    a( Los riesgos asociados con la compra y venta en el mercado secundario, como riesgos de liquidez y desviación de precios (las transacciones pueden ser escasas y los precios de transacción pueden presentar grandes primas o descuentos respecto al valor neto de activos, especialmente fuera del horario normal de mercado en Hong Kong y durante los fines de semana), riesgos de fragmentación de precios (diferentes canales de negociación pueden tener precios diferentes), y riesgos de dependencia de los creadores de mercado;

    b) Información principal sobre los canales de negociación (por ejemplo, procesos operativos, procedimientos de liquidación, tiempos de liquidación, requisitos de fondos preestablecidos, diferencias entre mercado primario y secundario, y si los productos tokenizados pueden negociarse de forma interoperable entre canales), arreglos con creadores de mercado (incluyendo cualquier compensación y/o incentivos ofrecidos por los proveedores de productos y/o plataformas de negociación licenciadas por la SFC), y el rango indicativo de tarifas para la compra y venta en el mercado secundario, además de un aviso que dirija a los inversores al sitio web de la plataforma de negociación de activos virtuales licenciada por la SFC para obtener más detalles (ver también el párrafo 20)a));

    c( Las circunstancias en las que la negociación en el mercado secundario de productos tokenizados puede ser suspendida;

    d) La lista de creadores de mercado de productos tokenizados (con un enlace al sitio web con la lista actualizada), y cualquier entidad relacionada que actúe como proveedor de productos y tenga posibles conflictos de interés.

  20. Las plataformas de negociación de activos virtuales licenciadas por la SFC y los corredores conectados deben mantener o proporcionar canales de acceso a interfaces en línea designadas (como sitios web o aplicaciones) para:

    a) Divulgar detalles de la negociación en el mercado secundario de productos tokenizados, incluyendo canales de negociación, arreglos con creadores de mercado (incluyendo cualquier compensación y/o incentivos ofrecidos por los proveedores de productos y/o plataformas de negociación licenciadas por la SFC), criterios de cualificación de los creadores de mercado, tarifas y diferenciales de precios;

    b) Proporcionar un valor neto de activos indicativo en tiempo real o cercano en tiempo real (que generalmente se actualiza al menos cada 15 segundos durante el horario de negociación); y )ii) El valor neto de activos más reciente del producto tokenizado, indicando la fuente de datos y la frecuencia de actualización; y

    c( Explicar claramente a los clientes interesados en participar en la negociación en el mercado secundario de productos tokenizados los riesgos relevantes, como los riesgos de liquidez y desviación de precios (las transacciones pueden ser escasas y los precios pueden presentar primas o descuentos respecto al valor neto de activos, especialmente fuera del horario normal de mercado en Hong Kong y durante los fines de semana), riesgos de fragmentación de precios (diferentes canales de negociación pueden tener precios diferentes), y riesgos de dependencia de los creadores de mercado. Antes de abrir cuentas a clientes interesados en participar en la compra y venta en el mercado secundario de productos tokenizados, las plataformas y corredores deben obtener la confirmación del cliente de que comprende estos riesgos.

    Notificación

  21. En general, los proveedores de productos deben notificar con anticipación a la SFC cualquier situación anómala relacionada con los productos tokenizados que gestionen, incluyendo, pero no limitándose a, cualquier evento que pueda afectar negativamente su operación, liquidez o negociación en el mercado secundario (incluyendo la renuncia del último creador de mercado).

  22. En caso de que ocurran las siguientes situaciones, los proveedores de productos deben notificar lo antes posible a la SFC y a los inversores, en la medida de lo posible: )i( La terminación o suspensión de la negociación en el mercado primario o secundario de los productos tokenizados; o )ii) La terminación, interrupción o suspensión de las actividades de los creadores de mercado. La notificación debe incluir una evaluación del impacto del evento en los productos tokenizados gestionados, las acciones correctivas y los planes de contingencia adecuados.

    ( C. Consulta previa, solicitudes y aprobaciones

    Para los proveedores de productos

  23. Los nuevos productos de inversión que pretendan incorporar funciones relacionadas con la tokenización (comercio en el mercado primario y/o secundario) y que requieran la aprobación de la SFC, deben consultar previamente a la autoridad.

  24. Los productos de inversión existentes reconocidos por la SFC que pretendan introducir funciones relacionadas con la tokenización (comercio en el mercado primario y/o secundario) también deben consultar previamente a la SFC y obtener su aprobación.

  25. La SFC evaluará cada solicitud de forma individual. Dado que el entorno del mercado de tokenización está en constante evolución, la autoridad puede proporcionar directrices adicionales o imponer requisitos adicionales cuando sea apropiado.

  26. Para las disposiciones de negociación en el mercado secundario ya aprobadas por la SFC (como mecanismos de compra y venta, alertas de desviación de precios, arreglos con creadores de mercado y nuevos canales de negociación), los proveedores de productos deben consultar previamente a la SFC sobre cualquier cambio importante posterior.

    Para los intermediarios que participan en la negociación en el mercado secundario de productos tokenizados

  27. Los intermediarios (incluidos las plataformas de negociación de activos virtuales licenciadas por la SFC y los intermediarios que planean participar en la negociación fuera de bolsa de productos tokenizados) deben notificar a su director de casos de la SFC antes de comenzar a realizar operaciones en el mercado secundario, y discutir su plan con dicho director. Si posteriormente realizan cambios sustanciales en los arreglos comunicados, también deben notificar a su director de casos y, si corresponde, a la Autoridad Monetaria.

  28. Para solicitar aclaraciones sobre cualquier parte de esta circular, contáctenos.

La Comisión de Valores y Futuros                                      La Comisión de Valores y Futuros                                  La Comisión de Valores y Futuros
Departamento de Productos de Inversión                                         Departamento de Intermediarios                                   Departamento de Supervisión de Mercados

  1. Incluye las categorías de acciones tokenizadas reconocidas por la SFC.

  2. La plataforma de negociación de activos virtuales licenciada por la SFC debe asegurarse de que, cuando el precio de transacción propuesto se desvíe por encima del umbral establecido respecto al valor neto de activos por unidad, se muestre una advertencia de desviación de precio en la interfaz del inversor.

  3. La advertencia debe explicar que dichas suscripciones y redenciones están sujetas, según corresponda, a: ) i( El horario normal de negociación en el mercado primario (por ejemplo, solo de lunes a viernes); ) ii### El uso de herramientas de gestión de liquidez; y ( iii) El mecanismo de valoración “precio desconocido”, en el que las suscripciones y redenciones de unidades del fondo se realizan a un valor neto de activos calculado, que puede ser superior o inferior al precio de mercado en ese momento.

  4. El corredor conectado se refiere a la entidad que transmite las instrucciones de negociación del cliente a la plataforma de negociación de activos virtuales licenciada por la SFC. El corredor conectado debe cumplir con la cláusula 18 del “Código de Conducta para Licenciados y Registrados de la SFC” y el Anexo 7.

  5. Por ejemplo, los planes de contingencia deben incluir: ( i) La suspensión temporal de la negociación en el mercado primario cuando se detenga la negociación en el mercado secundario; y ( ii) La planificación para activar y mantener un creador de mercado de respaldo cuando sea necesario (especialmente en condiciones de mercado extremas).

  6. Consulte las “Preguntas frecuentes sobre fondos cotizados en bolsa y fondos listados” (solo en inglés), Pregunta 1.

  7. La gestión de creadores de mercado (incluida la admisión) generalmente es responsabilidad del operador de la plataforma. Dado que algunos creadores de mercado pueden comunicarse directamente con el operador sin consultar previamente a su proveedor de productos, la responsabilidad principal de aceptar y supervisar su desempeño recae en el operador.

  8. Para evitar dudas, las unidades de productos tokenizados pueden transferirse, por ejemplo, para facilitar la interoperabilidad entre canales de negociación.

  9. La divulgación debe ayudar a los inversores a evaluar la liquidez y la oferta y demanda de los productos tokenizados en plataformas de negociación de activos virtuales licenciadas por la SFC.

  10. Además de lo dispuesto en el párrafo 20, las plataformas de negociación de activos virtuales licenciadas por la SFC y los corredores conectados deben cumplir con otras reglas de divulgación existentes.

  11. El valor neto de activos indicativo es una estimación en tiempo real del valor neto de activos por unidad del producto tokenizado, calculada durante el horario de negociación en la plataforma, generalmente basada en los precios de mercado más recientes de los componentes de la cartera.

  12. El valor neto de activos más reciente es el valor oficial más reciente del producto tokenizado, calculado en el momento de la última valoración en el día de negociación en el mercado primario, según su documentación de composición.

  13. Según la “Circular sobre actividades relacionadas con valores tokenizados por intermediarios”, las instituciones registradas también deben notificar a la Autoridad Monetaria de Hong Kong.

  14. La notificación debe hacerse lo antes posible dentro de lo razonablemente factible. Por ejemplo, cuando un proveedor de productos consulte previamente a la SFC según los párrafos 23 a 26, la plataforma de negociación de activos virtuales licenciada por la SFC, la entidad jurídica licenciada y la institución registrada también deben notificar a la SFC y, si corresponde, a la Autoridad Monetaria.

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